La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) pidió ayer que los niveles mínimos de cartera -la suma de créditos-, que deberán aplicar a partir de la vigencia de la nueva Ley de Servicios Financieros, incluya sólo a las pequeñas y medianas empresas (pymes) del sector productivo.
El artículo 66 del proyecto normativo que sustituirá a la actual Ley de Bancos establece que “el Estado, mediante decreto supremo, definirá niveles mínimos de cartera que las Entidades de Intermediación Financiera estarán obligadas a cumplir, con el objeto de priorizar la atención a sectores de la economía en el marco de la política de Gobierno”.
En el artículo 67 se añade que estos “niveles mínimos de cartera a establecerse deberán priorizar la asignación de recursos con destino a Vivienda de Interés Social y al sector productivo, principalmente en los segmentos de la micro, pequeña y mediana empresa urbana y rural, artesanos y organizaciones económicas comunitarias, sin perjuicio de que el Órgano Ejecutivo incorpore otros sectores”.
Éste es uno de los 20 artículos que observó ayer Asoban en la Comisión de Planificación y Economía Plural de la Cámara Baja, donde se reanudó el análisis del proyecto normativo.
Asoban, en su propuesta -a la que tuvo acceso Página Siete-, sugiere que en este artículo “se incluya únicamente a microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector productivo. Además de eliminar la última frase del artículo 67 (‘sin perjuicio de que el Órgano Ejecutivo incorpore otros sectores’)”.
Las justificaciones y observaciones expuestas por el gremio bancario al pleno de la comisión se resumen en que “el ahorro del público se encuentra expuesto” de manera obligatoria a los riesgos de los niveles de cartera que se puedan establecer mediante decreto supremo.
Afirmaron que la ley, por el contrario, debe precautelar el ahorro del público.
Además, los representantes de Asoban advirtieron de que, de aprobarse la norma como está y si es aplicada no sólo a las pymes productivas sino a todos los sectores, generará incertidumbre en las entidades financieras.
Los banqueros opinan que en ese caso deberán adecuar los niveles de cartera según los límites establecidos, lo cual generará más exigencias patrimoniales -aportes de los socios- y otros ajustes en las instituciones.
Capital mínimo
El presidente de la Asoban, Kurt Koenigsfest, informó que también preocupa la regulación sobre el capital mínimo de los bancos, que no debería variar con un decreto supremo. Hoy el coeficiente de adecuación patrimonial es de 10%, pero según el proyecto de ley puede variar por exigencias del Gobierno.
“Es un tema demasiado serio; el corazón de un banco es el nivel de capital que debe tener. Esto perjudicará a la bancarización y el uso óptimo del capital; además, no se brinda seguridad ni certeza al inversionista, lo que puede causar que se limite la capitalización”, explicó.
Afirmó que con la norma en vigencia por cada dólar de capital los bancos pueden prestar diez.
“Un banco que tiene diez dólares de capital puede prestar 100 dólares; si eso cambia en cualquier momento (por decreto), por supuesto que es un tema que nos preocupa”, recalcó.
El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, entregó el pasado fin de semana el proyecto modificado a la Comisión de Planificación, que lo aprobó en grande y ahora prepara su tratamiento en detalle para luego remitirlo al pleno de la Cámara Baja.
Los puntos centrales cuestionados por Asoban, que son la fijación de tasas activas (créditos) y pasivas (depósitos) por decreto y la determinación de niveles mínimos de cartera para vivienda social y el sector productivo, se mantienen y sólo se introdujeron modificaciones al capítulo de multas y sanciones.
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